Ninguna es técnica de verdad. Las cinco son de contrato, y se contestan antes de comprar o no se contestan nunca.
Dónde viven las grabaciones y quién puede entrar. El vídeo, en la cámara; el índice, los usuarios y los permisos, en el proveedor — que por diseño tiene una vía de administración sobre tu sistema. Eso pide permisos mínimos, doble factor obligatorio, registro de accesos visible para ti y por escrito quién del fabricante puede ver qué. En el sector ha habido incidentes así, y no se evitan con confianza.
Qué pasa cuando se cae la línea. Se sigue grabando, porque se graba en la cámara. Lo que se pierde es la consola: ni directo desde fuera, ni alertas, ni búsqueda. Para la mayoría de instalaciones está bien; para un centro de control que vigila en directo, no.
El coste de subir vídeo. De forma continua sube poco. El consumo aparece cuando alguien mira y se multiplica por cada persona que mira a la vez: una tienda con línea justa funciona hasta el día del incidente, que es cuando tres personas abren seis cámaras.
RGPD y transferencias internacionales. Proveedor de fuera de la UE: hay que poder explicarle a una autoridad de control en qué región se almacenan los datos, qué contrato de encargado y qué garantías amparan la transferencia, y qué análisis se hizo antes. Se pide por escrito para tu contrato y tu región. Y falta lo que se olvida: informar a la plantilla y que el registro de actividades diga lo que de verdad pasa.
Y la dependencia. El día que quieras irte, las cámaras no se van contigo: no se reutilizan con otro sistema. La grabación se saca exportando mientras la licencia está viva, y cuando caduca no hay vía local de entrar a ver lo que hay dentro. No es un defecto escondido, es el modelo — lo que no se puede es descubrirlo en el año cinco.