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Preguntas · Control de accesos

¿El control de accesos me vale para fichar?

Técnicamente puede alimentarlo, y conviene tener claro que son dos cosas distintas con dos finalidades distintas. El control de accesos existe para decidir quién pasa por una puerta; el registro de jornada existe para dejar constancia del tiempo de trabajo, es obligatorio y tiene sus propias reglas.

Las diferencias no son teóricas. Pasar por la puerta no es empezar a trabajar: hay vestuarios, aparcamiento, comedor y desplazamientos internos. Quien trabaja fuera, en casa de un cliente o desde casa no pasa por ningún lector. Y el registro de jornada hay que conservarlo cuatro años y tenerlo a disposición de la plantilla, de la representación legal de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo, cosa que no se le pide al registro de accesos.

Si se usan los datos de accesos para el registro horario, hay que informarlo y justificarlo: cambiar la finalidad de un dato personal no se puede hacer por defecto solo porque el dato ya estuviera recogido. En bastantes empresas la respuesta buena es que el sistema de accesos sea una fuente más del de presencia, con su propio marcaje donde haga falta, y que no se confundan los dos.

Todas las preguntas.

Quinientas cuarenta y cuatro, agrupadas por tema. Cada una con su página.

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Verlo funcionando.

Una respuesta escrita vale para decidir si te interesa. Para saber si sirve en tu sitio hay que verlo sobre una escena real, con la imagen tal cual y encima lo que el sistema entiende de ella. Eso está en la web de IRIS Neural, que es el producto del grupo.