Preguntas · Cámaras
¿Puedo grabar la acera de delante de mi negocio?
Sólo lo imprescindible. La vigilancia de la vía pública corresponde a las fuerzas y cuerpos de seguridad, y un particular o una empresa sólo puede captar vía pública en la medida estrictamente necesaria para proteger sus propias instalaciones, personas y bienes, según recoge el artículo 22 de la Ley Orgánica 3/2018.
En la práctica eso significa que se puede coger la franja de acera pegada a la fachada, el acceso y lo que haga falta para ver a quien se acerca a la puerta, y no la calle entera, la acera de enfrente ni el portal del vecino. Cuando el encuadre inevitablemente coge de más, la vía habitual es enmascarar por software esa parte de la imagen, que en la mayoría de las cámaras y de los sistemas de vídeo se configura pintando una zona negra fija que no se graba.
Hay dos cosas que ayudan a sostenerlo si alguien pregunta: dejar por escrito por qué ese encuadre es el mínimo necesario, y guardar la imagen de cada cámara tal como quedó el día de la entrega. Es una materia donde el detalle concreto pesa mucho, así que en situaciones dudosas conviene revisarlo con quien lleve la protección de datos de la empresa.
Dónde se cuenta entero.
Dónde se ve funcionando.
En la web de IRIS Neural, sobre escenas reales.
Todas las preguntas.
Quinientas cuarenta y cuatro, agrupadas por tema. Cada una con su página.
Empezar
Verlo funcionando.
Una respuesta escrita vale para decidir si te interesa. Para saber si sirve en tu sitio hay que verlo sobre una escena real, con la imagen tal cual y encima lo que el sistema entiende de ella. Eso está en la web de IRIS Neural, que es el producto del grupo.