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Preguntas · Ingeniería

¿Me obliga la ley a tener proyecto o me vale con una oferta?

Depende de qué instalación sea y de en qué obra. En protección contra incendios, el RIPCI exige que la instalación se respalde con un proyecto o con una documentación técnica firmada por técnico competente y que la ejecute una empresa instaladora habilitada; el alcance de ese documento cambia según la obra vaya por el Código Técnico, por el reglamento de establecimientos industriales o sea una instalación aislada en un edificio existente. En obra nueva, además, la protección contra incendios va dentro del proyecto de edificación.

En seguridad electrónica —cámaras, accesos, intrusión— no siempre hay una obligación formal de proyecto, y por eso se firma tanto con dos folios. Las obligaciones llegan por otro lado: quien instala un sistema conectado a una central receptora de alarmas tiene que ser una empresa de seguridad inscrita en el registro que corresponde, y el tratamiento de las imágenes tiene las suyas propias. Son datos comprobables y conviene pedirlos antes de firmar, a cualquiera.

Nuestra postura no depende de si la ley lo pide en ese caso: no firmamos una instalación que después no podamos documentar. Un sistema que funciona pero no se puede justificar ante una inspección o ante un seguro sirve para la mitad de las cosas por las que se compró, y eso se descubre el día que hace falta el papel.

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Quinientas cuarenta y cuatro, agrupadas por tema. Cada una con su página.

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Verlo funcionando.

Una respuesta escrita vale para decidir si te interesa. Para saber si sirve en tu sitio hay que verlo sobre una escena real, con la imagen tal cual y encima lo que el sistema entiende de ella. Eso está en la web de IRIS Neural, que es el producto del grupo.