Preguntas · Control de intrusión
¿Estoy obligado a tener alarma?
Depende de la actividad. La normativa de seguridad privada fija una lista de establecimientos obligados a instalar medidas de seguridad, y en ella están, entre otros, las oficinas de entidades de crédito, las joyerías y platerías, las galerías de arte y las tiendas de antigüedades, las estaciones de servicio, las administraciones de loterías, los despachos de apuestas y los establecimientos de juego.
En esos casos las medidas no se eligen libremente: la norma dice qué tiene que haber, hay que comunicarlo a la unidad de seguridad privada que corresponda, la instalación queda sujeta a inspección y hay que tener el mantenimiento contratado. Hay además actividades con normativa sectorial propia —explosivos, instalaciones críticas, determinados depósitos— con requisitos añadidos.
Y fuera de esa lista, la obligación suele llegar por otro camino: la póliza. Es muy habitual que la cobertura de robo exija un sistema de un grado determinado, conectado a central receptora y con el mantenimiento al día, y que el día del siniestro se pida precisamente esa documentación. Merece la pena leer la póliza antes de proyectar y no después.
Dónde se cuenta entero.
Todas las preguntas.
Quinientas cuarenta y cuatro, agrupadas por tema. Cada una con su página.
Empezar
Verlo funcionando.
Una respuesta escrita vale para decidir si te interesa. Para saber si sirve en tu sitio hay que verlo sobre una escena real, con la imagen tal cual y encima lo que el sistema entiende de ella. Eso está en la web de IRIS Neural, que es el producto del grupo.